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Declaración de Uso de Marcas y Renovaciones de Registro

Obtener el registro no basta: para conservar una marca hay que mantenerla viva. Existen dos trámites de conservación de derechos: la Declaración de Uso (al tercer año) y la Renovación (cada 10 años). Omitir cualquiera de ellos provoca la caducidad del registro de pleno derecho, es decir, la pérdida automática de la marca.

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Fundamento legal

LFPPI: Declaración de uso Art. 233 · Vigencia Art. 236 · Renovación Art. 240 · Plataforma «Marca en Línea» del IMPI

Declaración de Uso (al tercer año)

Obligatoria para todo registro otorgado a partir del 10 de agosto de 2018. Se declara, bajo protesta de decir verdad, el uso real y efectivo de la marca en México.

  • El plazo corre a partir del día hábil siguiente al tercer aniversario del otorgamiento del registro
  • Cuenta con un periodo de gracia de 3 meses posteriores a esa fecha
  • Se presenta con el formato oficial IMPI-00-014 a través de «Marca en Línea»
  • Debe indicar los productos o servicios específicos en los que efectivamente se usa la marca
  • Si no se presenta, el registro caduca automáticamente, sin necesidad de declaración administrativa

Renovación del Registro (cada 10 años)

Mantiene vigente el registro por otro periodo de 10 años y puede repetirse indefinidamente.

  • Se solicita dentro de los 6 meses anteriores al vencimiento de la vigencia
  • Existe un plazo de gracia de 6 meses posteriores al vencimiento (con recargo)
  • La renovación debe acompañarse de la declaración de uso correspondiente
  • Se tramita en la plataforma «Marca en Línea» del IMPI
  • Puede renovarse un número ilimitado de veces mientras la marca siga en uso

Aspectos clave

  • Ambos trámites son de conservación de derechos: sin ellos, la marca se pierde aunque la hayas usado
  • La declaración de uso también se exige al momento de renovar
  • El uso debe ser real y efectivo, tal como fue registrada o con variaciones que no alteren su identidad (Art. 233 LFPPI)
  • Conviene llevar un calendario de vencimientos para no perder los plazos

Costos y honorarios

Declaración de uso (Art. 14d de la tarifa)$1,143.38 MXN

IVA incluido. Tarifa vigente del IMPI.

Renovación de registro (Art. 14c de la tarifa, por clase)$3,013.41 MXN

IVA incluido. Tarifa vigente del IMPI.

Honorarios profesionalesSe cotiza en la consulta

Cuota de la licenciada por el control de vencimientos, la preparación y presentación de la declaración de uso o renovación, y el seguimiento hasta su conclusión. Se cotiza sin compromiso según tu caso.

Tiempos

El plazo de respuesta del IMPI para estos trámites es de aproximadamente 3 meses. Recomendamos iniciarlos con anticipación para aprovechar los periodos ordinarios y evitar recargos o la caducidad.

Preguntas frecuentes

Declaración de Uso de Marcas y Renovaciones de Registro

El registro caduca de pleno derecho al terminar el periodo de gracia. La marca deja de estar protegida y tendrías que iniciar un nuevo registro desde cero, sin garantía de recuperarla.

No. La declaración de uso se presenta una vez al tercer año; la renovación se hace cada 10 años. Al renovar, además, se vuelve a acreditar el uso de la marca.

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